Luego de la jornada electoral, el Colegio de Abogados de Lima (CAL) anunció los resultados de sus elecciones para el decanato: los abogados Gastón Soto y Raúl Canelo pasarán a segunda vuelta.
El 9 de marzo será el día clave en que los abogados de la capital deberán elegir entre ellos.
En este proceso electoral participaron 12 postulantes. Y similar a lo acontecido en los comicios presidenciales del 2021, ante la cantidad de candidatos, quienes pasaron a segunda vuelta, no necesariamente gozaron de una amplia diferencia de votos a su favor.
Soto obtuvo el aval de 5.628 abogados; Canelo, 5.306.
La trayectoria de ambos tiene posturas polémicas sobre temas importantes, como la autonomía de las autoridades electorales ante las denuncias constitucionales y la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu).
El año pasado, Soto fue candidato a la Defensoría del Pueblo. En la etapa de entrevistas tuvo una controversial declaración sobre la posibilidad de que
El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú acordó nombrar como nuevo gerente general de la institución a Paul Castillo Bardález, funcionario que ha tenido una línea de carrera de 28 años en el BCRP y que asumirá el cargo desde el 1 de abril próximo.
Castillo ingresó al Banco Central en 1996 luego de ocupar el primer puesto en el Curso de Extensión Universitaria de ese año. Actualmente se desempeña como gerente de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, y anteriormente fue gerente de Política Monetaria (noviembre 2016 – marzo 2020), subgerente de Diseño de Política Monetaria (marzo de 2008 – octubre 2016), jefe del Departamento de Políticas del Sector Real (setiembre 2007 – febrero 2008) y especialista de otras gerencias de la institución.
Es doctor (PhD) en Economía de la London School of Economics and Political Science (2007), Master en Economía de la misma universidad e ingeniero economista de la Universidad Nacional de Ingeniería.
Paul Castillo reemplazará a Eduardo Torres Llosa quien estuvo en dicho cargo desde marzo de 2022. F: RPP
los miembros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sean pasibles de denuncias constitucionales.