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La Defensoría del Pueblo pide a la PCM y al Minsa precisar el concepto de “espacio cerrado”

La Defensoría del Pueblo reiteró a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Ministerio de Salud la necesidad de precisar el concepto de “espacio cerrado”, previsto en el decreto supremo 174. En ese sentido, indicaron que las limitaciones de acceso a las personas no vacunadas no deben aplicarse a servicios de salud u otros servicios públicos esenciales.

De igual modo, señalaron que la normatividad debe considerar la situación de personas que por disposición médica no se han vacunado contra la COVID-19 y de aquellas que deben esperar 90 días para su inmunización por haber tenido la enfermedad.

“Solicitamos a PCM y Minsa publicar inmediatamente ajustes a la norma que exige la acreditación de la vacunación contra la COVID-19 para desarrollar ciertas actividades desde el 10/12. Disposiciones deben ser publicadas oportunamente”, apuntaron.

Cabe resaltar que la medida tomada por el Gobierno se aplicará desde este viernes 10 de diciembre para las personas mayores de 18 años. Además deberán utilizar mascarilla de manera permanente y retirarlas solo en caso de ingerir alimentos.

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