La Corte Constitucional ha emitido un fallo que afecta directamente la vida de los vecinos de Puente Piedras y de los concesionarios. Por unanimidad se ordenó a la SAC Rutas de Lima suspender el cobro de peaje en Puente Piedra al considerar que viola el derecho fundamental a la libre circulación.
En la sentencia, se suspende el cobro de la tarifa hasta que este adopte las medidas necesarias para la destitución del acto lesivo vulneratorio de la libertad de tránsito. Es decir, hasta que existan rutas alternas idóneas y razonables para la ciudadanía.
El otro escenario establecido por los magistrados es que la suspensión siga vigente hasta que la justicia penal determine si el contrato de concesión y la respectiva adenda “tuvieron un origen ilícito, o no.” El pronunciamiento judicial debe tener calidad de firme.
Crédito: La República