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Congreso publica ley que limita a 8 meses los procesos de colaboración eficaz

El Congreso publicó la ley que limita la figura de la colaboración eficaz en un plazo máximo de ocho meses. La iniciativa fue aprobada por insistencia a mediados de diciembre de 2023 pese a que el Ejecutivo había observado dicha autógrafa y propuesto un plazo de 36 meses improrrogables.

La Ley Nº 31990, publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, modifica los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, referidos al proceso especial por colaboración eficaz.

De acuerdo con la modificatoria de su artículo 473, “recibida la solicitud, el Fiscal podrá disponer el inicio del procedimiento por colaboración eficaz, ordenando las diligencias de corroboración que considere pertinentes para determinar la eficacia de la información proporcionada”.

Agrega que, en estos casos podrá requerir la intervención de la Policía Nacional del Perú para que, bajo su conducción, realice las diligencias de corroboración y eleve un informe policial.

Se establece además que el fiscal podrá celebrar reuniones con el aspirante (a colaborador eficaz) en presencia de su abogado defensor. Asimismo, celebrará un convenio preparatorio, que precisará —sobre la base de la calidad de la información ofrecida y la naturaleza de los cargos o hechos delictuosos objeto de imputación o no contradicción— los beneficios, las obligaciones y el mecanismo de aporte de información y de su corroboración.

Crédito: RPP

Publicado en ACTUALIDAD.

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