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Congreso aprueba eliminación de paridad y alternancia de mujeres en listas de candidatos electorales

El 10 de mayo, el Congreso de la República ha aprobado modificaciones en la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley General de Elecciones, medidas que incluyen, entre sus aspectos más relevantes, una reforma en la aplicación de la paridad horizontal al momento de elaborar las listas de candidatos.

Esta decisión, sustentada por la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Martha Moyano (FP), emerge de tres propuestas legislativas originadas por el Jurado Nacional de Elecciones.

La reforma contempla, a su vez, nuevas regulaciones referentes a las excusas válidas para declinar la participación como miembro de mesa de sufragio, incluyendo ahora a individuos en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños menores de dos años, así como una disminución en la edad mínima requerida de 70 a 65 años.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha manifestado su oposición a la reciente aprobación por parte del Congreso de la medida que suprime la paridad horizontal en las listas de candidaturas para elecciones generales, regionales y municipales.

Esta normativa, que exigía que las candidaturas estuvieran compuestas en igual medida por mujeres y hombres, ha sido eliminada, lo que la cartera de Estado lamentó porque también “permitía que las féminas encabecen las listas, lo que les daba mayores oportunidades de resultar electas”.

Créditos: Infobae

Publicado en ACTUALIDAD.

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