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Afiliados desde los 50 años podrán presentar su solicitud al REJA desde el 1 de setiembre

Al momento de realizar la evaluación de las solicitudes presentadas por los afiliados para acceder al REJA, la AFP debe verificar la condición de desempleo en el caso de trabajadores que percibieron rentas de quinta categoría.

Ayer fue publicada la resolución de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para que los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP) de 50 años en adelante puedan acceder a la jubilación anticipada ordinaria (JAO) y al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA)

Cabe indicar que el REJA es un beneficio que está a disposición de aquellos afiliados del SPP en situación de desempleo por un año.

La resolución entrará en vigencia el 1 de setiembre del 2021 con la finalidad de que las AFP adecúen sus procesos operativos a las nuevas disposiciones.

En ese sentido, implicará que modifiquen su página web, boletines informativos digitales, constancias de atención, así como todo mecanismo de información relacionado al requisito de la edad para el acceso a los regímenes.

“A partir del 1 de setiembre, los afiliados ya pueden comenzar a presentar sus solicitudes”, afirmó Elio Sánchez, superintendente de AFP.

Publicado en ECONOMÍA.

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