Para calificar a la jubilación anticipada, el trabajador deberá encontrarse desempleado durante 12 meses consecutivos o más.
“Los afiliados podrán recibir una pensión siempre y cuando el monto de su jubilación sea igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses”, se detalla en el artículo 42 de la Jubilación Anticipada.
Con esta nueva ley, los trabajadores ya no tendrán que acudir a la Sunat para solicitar su reporte tributario que acredita que cuenta con RUC y que no han generado rentas de cuarta categoría por montos mayores o iguales a 7 UIT en los 12 meses previos a su solicitud. Ahora la verificación correspondiente la realizará la AFP.
¿Cómo solicitar la jubilación anticipada?
Primero se deberá validar la situación en la AFP en la que estás afiliado para saber si aplicas a la jubilación anticipada.
Para AFP Hábitat: Llamar a 01 230 2200 (Lima) o 0801 14 224 (provincias).
Para Prima AFP: Llamar al 615-7272 – opción 1 (Lima) o 0-801-18010 (provincias).
Para AFP Integra: Llamar 513-5050 (Lima) o 0800-40110 (provincias).
Para Profuturo: Llamar a 215-2828 (Lima) o 0800-11434 (provincias).
